Los ingresos obtenidos por el alquiler de habitaciones van a variar mucho dependiendo del uso que vayamos a dar a nuestras habitaciones de alquiler.
Para determinar la base imponible bruta, la cantidad a declarar será los ingresos obtenidos menos los gastos inherentes a dicho inmueble.
Ahora bien, hay una diferenciación importante a hacer dependiendo del fin que vayamos a dar a nuestros inmuebles:
1.- Habitaciones para uso turístico:
- Hay que aplicar un 10% de IVA, exactamente igual que el resto de sector hotelero. Además, no hay deducción alguna sobre los ingresos obtenidos.
- Se debe presentar una declaración trimestral como un hotel.
- Se declaran estos ingresos en el epígrafe de Rendimiento de Actividades Económicas.
2.- Habitaciones como vivienda habitual
- Está exenta de IVA como el alquiler de pisos en arrendamiento urbano.
- Estos ingresos se van a declarar como Rendimiento de Capital Inmobiliario en el IRPF.
- De la cantidad obtenida, el propietario del piso tendrá una deducción del 60% de la base imponible al dedicarlo al alquiler de habitaciones, pero hay una serie de requisitos:
- La habitación alquilada debe ser considerada vivienda habitual del inquilino por la LAU.
- El alquiler para estudiantes no se considera vivienda habitual, por lo que no hay deducción del 60% de la B. Imponible. (Vivienda habitual es cuando el alquiler es para un plazo superior al año)
Gastos fiscalmente deducibles
- Los gastos de luz, agua y gas se pueden deducir de la base imponible proveniente del alquiler de habitaciones
- Los Gastos de Comunidad también son deducibles
- Las derramas de Comunidad también
- El IBI es también fiscalmente deducible
- La tasa de reciclaje de basuras
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